
Loi 5/2025 : vers un nouveau modèle de croissance durable et de droit au logement en Principauté d’Andorre
31 de March de 2025
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14 de April de 2025El Consell General ha aprobado recientemente la Ley 5/2025, de 6 de marzo, para el crecimiento sostenible y el derecho a la vivienda, que entrará en vigor el próximo 17 de abril de 2025. Esta norma, actualmente en vacatio Legis, supone un cambio estructural en la política urbanística, en el acceso a la vivienda y en el control de flujos económicos y poblacionales, con el objetivo declarado de frenar la dinámica especulativa y garantizar un crecimiento territorial equilibrado.
La Ley se estructura en torno a varios ejes de intervención:
- Limitación a la inversión extranjera inmobiliaria
A través del Título I se introducen controles reforzados sobre la inversión extranjera directa, con especial atención al sector inmobiliario. En este sentido, el artículo 9 establece limitaciones cuantitativas y cualitativas en la adquisición de inmuebles por parte de inversores no residentes, con el fin de preservar el parque de viviendas destinadas a residencia principal y moderar la presión sobre los precios. - Reforma del régimen de inmigración
El Título II modifica sustancialmente la Ley calificada de inmigración, estableciendo mecanismos para priorizar la entrada de trabajadores en sectores con demanda acreditada y con garantías de alojamiento digno. Se restringe la concesión de autorizaciones genéricas y se refuerza el control sobre la carga residencial derivada de nuevas llegadas. - Control y regulación de los apartamentos turísticos
El Título III reforma la Ley general de alojamiento turístico, limitando el número de licencias para apartamentos turísticos e imponiendo nuevos requisitos urbanísticos y medioambientales, con especial énfasis en el impacto social y la convivencia vecinal. - Creación de una tasa turística finalista
Se crea una nueva generación de tasa turística, destinada a financiar actuaciones en materia de vivienda y sostenibilidad. Esta tasa grava las estancias en alojamientos turísticos y constituye un instrumento de redistribución territorial y de compensación por el impacto del turismo sobre el suelo y la vivienda. - Regulación de viviendas vacías y desatendidas: una medida clave y controvertida
La medida más significativa —y también la más polémica— es la regulación de las viviendas vacías, que incorpora mecanismos para identificar, controlar y sancionar la no utilización de inmuebles destinados a uso residencial. Esta regulación prevé instrumentos como la creación de un registro obligatorio, recargos fiscales y, en casos concretos, la posibilidad de cesión temporal obligatoria con fines sociales.
Controversia constitucional: el derecho a la vivienda frente al derecho de propiedad
Varios grupos parlamentarios ya han anunciado su intención de recurrir la ley ante el Tribunal Constitucional, especialmente por esta última medida, que, afirman, vacía de contenido el derecho de propiedad privada reconocido por la Constitución andorrana.
Sin embargo, el artículo 27 de la Constitución establece claramente que “la propiedad privada y el derecho de sucesión son reconocidos sin más limitaciones que las derivadas de la función social”. Asimismo, el derecho a una vivienda digna también está reconocido constitucionalmente (artículo 33), y el Tribunal Constitucional ha establecido en su jurisprudencia que ambos derechos tienen igual jerarquía y que, en caso de conflicto, deben ser objeto de ponderación razonada por parte del legislador.
Esta línea interpretativa ya ha sido recogida por la jurisprudencia constitucional en casos anteriores, donde se ha validado el interés general en materia de vivienda como un límite legítimo al derecho de propiedad, siempre que las medidas adoptadas sean proporcionadas, justificadas y respeten la esencia del derecho afectado.
Conclusión: una ley de transición hacia un nuevo modelo de equilibrio
La Ley 5/2025 abre un nuevo paradigma normativo en el que el crecimiento económico y urbanístico debe conciliarse con la sostenibilidad y la cohesión social. El impacto jurídico de las medidas adoptadas será, sin duda, objeto de análisis doctrinal, debate político y control jurisdiccional, con especial atención al derecho comparado y a la jurisprudencia constitucional en materia de derechos fundamentales.
Aunque las medidas adoptadas parecen, en términos generales, coherentes con la situación estructural que el legislador pretende abordar, queda por ver si su aplicación práctica se traducirá en una mejora efectiva del acceso a la vivienda y en un reequilibrio real del modelo de crecimiento urbanístico.





