
Responsabilité médicale en Andorre
14 de October de 2024
Diferenciació entre contracte i precontracte. Trencament de la negociació en la fase del precontracte, naixement del dret a la indemnització
21 de October de 2024La responsabilidad civil médica en Andorra hace referencia a la responsabilidad civil en la que pueden incurrir los profesionales sanitarios (médicos, enfermeros, etc.) y los centros médicos (clínicas, hospitales) en caso de daños ocasionados a los pacientes como consecuencia de errores, negligencias u omisiones durante el ejercicio de su profesión. Estos errores pueden incluir, entre otros, diagnósticos incorrectos, tratamientos inadecuados o una falta de intervención por parte del médico que acaba derivando en un daño para el paciente tratado.
En Andorra, cuando se demuestra que un profesional sanitario ha actuado de manera negligente o ha cometido un error, puede ser demandado por daños y perjuicios. Se considerará que existe responsabilidad civil médica en Andorra cuando se cumplan los siguientes requisitos de manera acumulativa:
Prueba del daño: El paciente debe demostrar que ha sufrido un daño como consecuencia de la actuación médica. Relación causal: Debe haber una relación directa entre la actuación del profesional sanitario y el daño sufrido. Actuación negligente: Debe demostrarse que el médico o profesional de la salud ha actuado de una manera que no cumple con los estándares médicos establecidos. Cuando se reclama por responsabilidad civil médica, el paciente puede solicitar una indemnización económica por los daños físicos o psicológicos que haya sufrido, los cuales deberán acreditarse mediante informes médicos que ayuden a valorarlos.
Por ejemplo, recientemente los tribunales andorranos han dictado una sentencia, más concretamente, es la sentencia de la Sala Civil del TSJA, en el marco de la causa Núm. 0000002/2024, donde se aprecia que existe responsabilidad civil médica, ya que el médico no llevó a cabo las pruebas pertinentes que habrían posibilitado un diagnóstico adecuado del paciente y le habrían evitado sufrir un aneurisma que lo dejó en situación de incapacidad.
Por lo tanto, aquí, a diferencia de otros casos (TSJA.- 0000015/2023 y TSJA-0000040/2022), sí existe una relación de causalidad entre la actuación negligente del médico y el daño sufrido por el paciente tratado.




